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Grupos Cooperación PDR Aragón 22

Año
2022
Estado
Cerrada
Fecha plazo inicio
Fecha plazo fin
Etiquetado
PDR Cooperación 22
Plazo interno
Idioma de presentación
Español
Modalidad de convocatoria
Proyectos
Modalidad de participación de la UZ
subcontratada
Descripción

Convocatoria 2022: Subvenciones a acciones de cooperación de agentes del sector agrario, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Claves:
  • La finalidad de esta subvención es impulsar la creación y funcionamiento de Grupos de Cooperación de agentes del sector agrario para que contribuyan al objetivo de avanzar hacia una agricultura sostenible resolviendo problemas y necesidades concretas de las explotaciones agrarias y forestales, y de las empresas agroalimentarias para mejorar su competitividad.
  • No podrán ser objeto de subvención las actividades ya realizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
  • Cada Grupo de Cooperación se constituirá para realizar un solo proyecto, que debe resolver o dar respuesta a un problema o necesidad concreta correspondiente a cualquiera de los ámbitos de actuación definidos.
  • Solo serán elegibles las actuaciones realizadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • La cofinanciación por el FEADER y la Administración de la CCAA se realizará con unos porcentajes, respectivamente, del 80% y del 20 % del gasto total subveniconable
  •  Gasto máximo subvencionable: 150.000 euros. Gasto mínimo subvencionable: 30.000 euros (las solicitudes con importe inferior no serán subvencionadas).
  •  Las actuaciones recibirán una ayuda del 80% del presupuesto financiable (pagado y justificado), salvo para los gastos en inversiones (activos fijos) que será del 40 %.
  • Actividades Subvencionables:

    • La redacción del proyecto o memoria, incluida la asistencia técnica, el asesoramiento o el apoyo externo para la preparación de la convocatoria.
    • Ejecución del proyecto de cooperación, ya sea mediante inversiones en activos físicos (derivadas directamente de las actividades del proyecto) o mediante la realización de otros gastos (recogidos en el apartado quinto de la convocatoria).
    • La contratación de personal técnico especializado, así como los gastos de personal propio (limitaciones establecidas en el apartado quinto de la convocatoria).
    • Las actividades de dinamización realizadas en la zona de actuación para hacer viable el proyecto: cursos o jornadas de formación, creación de redes para la captación de nuevos miembros, todo ello según lo establecido en el proyecto presentado por el grupo.
    • Las actividades de divulgación y comunicación.

     

    Gastos subvencionables para los beneficiarios (apartado quinto de la convocatoria): Redacción del proyecto, asistencia técnica, contratación con centros de investigación (como UZ), prototipos o pruebas piloto, activos físicos, material fungible (incluidos animales de laboratorio), aplicaciones informáticas desarrolladas específicamente para el proyecto, alquiler de equipos e instalaciones, gastos de dinamización, divulgación, etc.
Requisitos de participación

UZ puede formar parte del Grupo de Cooperación como miembro NO beneficiario y/o subcontratado por alguna de las entidades beneficiarias.

Cuando el importe de la actividad contratada por el grupo a UZ supere los 15.000 euros (I.V.A. no incluido), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso de gasto.

Tipos de proyecto
  • Ámbitos de actuación (detalle en convocatoria, artículo 2.3 y 2.4):
      • Gestión eficiente de recursos naturales y de inputs, para la producción ecológica de alimentos y su comercialización y para la mejora de la sanidad animal.
      • Desarrollo y promoción de cadenas de distribución cortas y de mercados locales.
      • Suministro sostenible de biomasa procedente del sector agroindustrial y forestal para la producción de energía en procesos industriales.
      • Protección de la naturaleza y cambio climático, siempre que se relacionen la actividad agraria o forestal con estos objetivos en cualquier de los tres ámbitos anteriores.
  •  El carácter plurianual de la subvención supone una distribución del gasto por anualidad que responde a la siguiente previsión (aspecto a tener en cuenta en la dotación presupuestaria de los proyectos):

- Anualidad 2022: Gasto previsto de 400.000 euros.

- Anualidad 2023: Gasto previsto de 600.000 euros.

- Anualidad 2024: Gasto previsto de 1.100.000 euros.

- Anualidad 2025: Gasto previsto de 900.000 euros.

·         Plazo de ejecución: se ajustará a las anualidades 2022, 2023, 2024 y 2025.

Beneficiarios
  • Grupos de Cooperación de nueva creación conformados por dos o más personas, físicas o jurídicas, y que justifiquen su vinculación con algunos de los ámbitos de actuación enumerados en el apartado segundo de la convocatoria.
  • Los miembros deben colaborar activamente en el desarrollo de la actividad.
  • No se establece un número máximo de miembros del grupo, pero se limita el número de beneficiarios a 5, con un mínimo de 2.
  • Pueden ser beneficiarios de esta ayuda los productores agrarios y forestales y sus agrupaciones, las organizaciones que actúen en el ámbito agroalimentario, empresas del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones, en particular las cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, otras organizaciones o asociaciones del ámbito agroalimentario y ambiental, en particular las comunidades de regantes y los artesanos alimentarios y sus gremios, siempre que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón y sean miembros del grupo de cooperación y así conste en el correspondiente documento vinculante.

* Su actividad estará estrechamente relacionada con el medio agrario y rural aragonés. Los beneficiarios se consideran empresas del sector agroalimentario cuando más del 50 % de su facturación provenga del sector agroalimentario y forestal. En todo caso, las empresas deben tener la condición de PYME.

  • Las administraciones (central, autonómica y local), universidades, centros tecnológicos, otros centros públicos de I+D y otros entes públicos pueden ser miembros del grupo de cooperación, pero en ningún caso, pueden ser beneficiarias de la subvención.
Más información

La presentación de la solicitud y documentación relacionada con la misma se efectuará de forma electrónica si bien en caso de imposibilidad técnica, tales trámites se podrán realizar conforme al artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en otros Registros.

De acuerdo al rol de UZ en esta convocatoria, como parte de la documentación necesaria para la solicitud, desde UZ se aportará y firmará:

  •  Acuerdo de Constitución del Grupo. Anexo II, que deberán firmar todos los miembros incluido UZ.
  •     Documento vinculante de conformación del Grupo que definirá, entre otros, actuaciones a desarrollar, distribución entre miembros, responsabilidades, beneficiarios o rol de coordinador (Contenido mínimo en el anexo III).

Solo en caso de subcontratación: Contrato que regule las actividades para las que el beneficiario subcontrate a la UZ.