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Plazo presentación solicitudes: El plazo comienza el 7 de abril de 2026 a las 10:00 y finaliza el 13 de abril de 2026 a las 14:00.
Esta convocatoria, enmarcada en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene como objeto la concesión de ayudas para proyectos de inversión que añadan capacidad de fabricación de baterías y pilas de combustible de hidrógeno destinadas exclusivamente al vehículo eléctrico. Su finalidad es fortalecer la cadena de valor industrial en España para la transición hacia el vehículo eléctrico y conectado, incentivando la producción tanto de productos finales como de sus componentes y materias primas fundamentales.
Tipos de proyecto
Serán susceptibles de recibir ayuda las actuaciones que se encuadren en alguna de las siguientes tipologías:
Creación de establecimientos industriales: Inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
Ampliaciones de capacidad: Implementación de nuevas líneas de producción en centros existentes (entendiendo por nueva línea el conjunto de equipos que permitan fabricar de forma autónoma un producto).
Reconversión de líneas: Adaptación de líneas actuales para fabricar productos que anteriormente no se producían en la planta.
Solo se financiará un único proyecto por instalación industrial y se prohíbe la división artificial de los mismos.
Líneas de actuación (Prioridades temáticas)
Los proyectos deben estar vinculados a las siguientes prioridades:
Producción de tecnologías: Fabricación de baterías, sistemas de almacenamiento de energía y tecnologías de hidrógeno para el vehículo eléctrico.
Producción de componentes: Fabricación de componentes específicos esenciales para dichas baterías y pilas.
Materias primas fundamentales: Producción de las materias primas necesarias para los productos finales o componentes anteriores.
Recuperación de materiales: Recuperación de materias primas fundamentales a partir de baterías y pilas de combustible usadas para su reutilización.
Todos los proyectos deben acreditar una contribución climática mínima del 40%.
Condiciones de financiación
Forma de la ayuda: Se concederá exclusivamente en forma de subvenciones.
Presupuesto: La convocatoria cuenta con una cuantía total de 100.000.000 euros (según fuentes de la convocatoria). El presupuesto financiable mínimo por proyecto es de 30.000.000 euros.
Intensidad de la ayuda: Variará según el tamaño de la empresa y la zona geográfica (entre un 15% y un 35% de los costes subvencionables, con incrementos de hasta 20 puntos para pequeñas empresas).
Aportación del beneficiario: La entidad deberá aportar al menos el 25% de la inversión mediante recursos propios o financiación externa sin apoyo público.
Régimen de concesión: Se resolverá por concurrencia no competitiva (orden de presentación de solicitudes) hasta el agotamiento de los fondos.
Plazo de ejecución: Las inversiones podrán realizarse desde el día siguiente a la solicitud y por un máximo de 60 meses tras la resolución de concesión.
Efecto incentivador: Es obligatorio solicitar la ayuda antes del inicio de los trabajos (construcción o pedido firme de equipos).
Los beneficiarios de estas ayudas son exclusivamente las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea e inscritas en el registro correspondiente.
Para optar a la ayuda, estas empresas deben cumplir los siguientes requisitos:
Actividad Industrial: Deben desarrollar una actividad industrial en los sectores recogidos en el Anexo I de la convocatoria.
Experiencia: Deben acreditar haber desarrollado dicha actividad durante al menos dos años, o que su equipo directivo cuente con esa experiencia a nivel industrial, planta piloto o escala experimental.
Exclusión del Sector Público: No pueden formar parte del sector público ni tener una participación pública, directa o indirecta, superior al 50%
Debido a su naturaleza de entidad pública, la Universidad de Zaragoza no puede ser beneficiaria directa ni solicitar la ayuda por sí misma. No obstante, su participación es posible a través de la subcontratación.
Para las entidades solicitantes que lo requieran, se facilitará oferta científico técnica o contrato condicionado, de los trabajos a subcontratar a la Universidad.
Para más información, puede contactar con OTRI a través de otri@unizar.es o su técnico de referencia.
Con el fin de asegurar una revisión adecuada y exhaustiva de las subcontrataciones y su correcta tramitación en tiempo y forma, incluyendo el trámite de autorización y firma del Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente, se ha establecido como plazo límite interno de envío de documentación a OTRI el 8 de abril de 2026.
Le rogamos tenga en cuenta que no se tramitarán subcontrataciones recibidas con posterioridad al 8 de abril de 2026. En caso de que los plazos estipulados no se ajusten a sus necesidades o si prevé superar esta fecha límite, le solicitamos que se dirija directa y exclusivamente al Vicerrector de Innovación, Transferencia y Formación Permanente, D. Manuel González Bedia.