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Acciones de Cooperación para el Desarrollo en el ámbito de la innovación 2022

Año
2022
Estado
Abierta
Fecha plazo inicio
Fecha plazo fin
Etiquetado
AECID 2022
Plazo interno
Idioma de presentación
Español
Modalidad de convocatoria
Proyectos
Modalidad de participación de la UZ
consorcio
Tipo de financiación
Subvención variable
Descripción

La presente convocatoria tiene como objeto la cofinanciación de proyectos que aborden problemas sociales económicos medioambientales y de desarrollo de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible, y en línea con Estrategia de la cooperación española de lucha contra la COVID-19. 

 

Claves:

 

Más concretamente, la convocatoria cofinanciará proyectos que se enmarquen en las siguientes líneas de acción:

  • Acceso a los alimentos para las personas en riesgo de inseguridad alimentaria y fomentando su producción para un consumo sostenible.
  • Soluciones basadas en la naturaleza e iniciativas de economía circular enfocadas a la reducción, eliminación y gestión de los residuos, la descontaminación, conservación del suelo y el agua, reducción de emisiones, adaptación climática, y uso eficiente de los recursos.
  • Acceso a atención sanitaria, tratamientos, medicinas, vacunas etc. en la lucha contra la COVID.
  • Educación Digital en comunidades vulnerables.
  • Lucha contra la violencia de género, incluida la lucha contra la trata, y potenciar el acceso de las mujeres a recursos económicos.
Requisitos de participación

 

Cada una de las entidades que forman la agrupación deberán cumplir a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes los siguientes requisitos:

  1. Estar legalmente constituidos en España y gozar de personalidad jurídica y de capacidad de obrar. En el caso de las empresas, deberán tener domicilio social y fiscal en España.
  2. Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar el proyecto o la actividad para los que se solicita la subvención.
  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social españolas y, en su caso, del país en el que vaya a ejecutarse el proyecto.
  4. Estar al corriente, en el caso de haber recibido subvenciones de la AECID con anterioridad, en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la obtención de las mismas.
  5. Haber cumplido, en su caso, con las obligaciones recogidas en el Real Decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los Cooperantes.
  6. En el caso de entidades adheridas al seguro colectivo de vida y salud de cooperantes, suscrito por la AECID, estar al corriente de los pagos de las liquidaciones referentes a los derechos por importes de primas no subvencionados.
  7. No concurrir en las entidades solicitantes ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  8. En aplicación Marco Nacional Temporal de Ayudas de Estado, que no se trate de empresas o entidades que ya estuvieran en crisis el 31 de diciembre de 2019 (a tenor de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014) excepto si se trata de microempresas o pequeñas empresas para las que este requisito no resulta aplicable
Tipos de proyecto

 

Los proyectos deberán :

  • Impulsar soluciones innovadoras ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala y estar enmarcados en las prioridades temáticas y geográficas establecidas en la convocatoria.
  • Se podrá cofinanciar la escalabilidad y replicabilidad de aquellas soluciones innovadoras y aplicadas con éxito.
  • Mejorar la cohesión social y las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas que forman parte de la base de la pirámide en los países de asociación de la Cooperación Española (en adelante CE). 
  • Ejecutarse en uno de los países de asociación menos avanzados, de asociación de renta media y de cooperación avanzada, así como Líbano y campamentos de población saharaui refugiada en Tinduf (Argelia). El ámbito geográfico de cada proyecto debe limitarse a un solo país, no aceptándose proyectos multi-país.
  • La duración máxima inicial del periodo de ejecución será de 18 meses, pudiendo prorrogarse por un periodo no superior a la mitad del plazo inicial.

La ejecución podrá ser:

  • Directa, con sus propios recursos humanos y materiales, incluyendo aquellos de que disponga en el país de ejecución a través de sus sedes, delegaciones o filiales, o los que precise contratar para llevar a cabo la ejecución por sí mismo.
  • A través de socios locales del país de ejecución, sin que en ningún caso la ejecución total o parcial de la subvención o ayuda por parte de socios locales pueda ser considerada como subcontratación.
  • Mediante combinación de las dos anteriores.
  • Parcialmente, y hasta un máximo del 15 por 100 del presupuesto subvencionado, mediante subcontratación con terceros que utilicen para la ejecución sus propios recursos humanos y materiales, incluyendo aquellos de que dispongan en el país de ejecución.
Beneficiarios

Podrán participar agrupaciones sin personalidad jurídica integradas por personas jurídicas pertenecientes a las siguientes tipologías:

  • Sector privado empresarial: empresas, empresas de economía social, asociaciones y fundaciones empresariales y otras análogas.
  • Entidades del Sector social: Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (en adelante ONGD) inscritas en el Registro de ONGD adscrito a la AECID en la fecha de publicación de esta convocatoria.
  • Entidades del ámbito académico y de la investigación: universidades, fundaciones universitarias, centros de investigación y otros análogos, tanto públicos como privados.

Las agrupaciones deberán estar conformadas, al menos, por dos entidades de tipología distinta y necesariamente al menos una de ellas deberá pertenecer al sector privado empresarial.

Quedan excluidos como posibles adjudicatarios las Administraciones públicas, Organizaciones y Organismos internacionales o multilaterales y cualquier entidad en la que una Administración pública participe en el capital social o en el patrimonio de la misma, excepto en el caso de las entidades del ámbito académico y de la investigación definidas en este apartado.

Se designará un único responsable jurídico ante la AECID, que será la entidad líder y ostentará la representación de la agrupación sin perjuicio de responsabilidad de los restantes miembros de la agrupación.

Los miembros de la agrupación suscribirán en documento privado un acuerdo de colaboración para la realización conjunta del proyecto subvencionado, según el modelo que figura en el ANEXO I.

Más información

Financiación:

  • El importe de la subvención concedida en todo caso no podrá ser superior al 70 por 100 del coste total del proyecto, siendo necesaria la aportación de otros fondos por un mínimo del 30 por 100 sobre el importe total.
  • La subvención mínima por proyecto no podrá ser inferior a 300.000 euros, mientras que la subvención máxima por proyecto no podrá ser superior a los 600.000 euros.

Solicitudes:

  • La persona física representante legal acreditada ante la AECID de esta entidad líder será el encargado de firmar y presentar la solicitud y de realizar todas las actuaciones inherentes a la subvención que en su caso resulte concedida a través de la Sede Electrónica de la AECID.
  • La presentación de solicitudes a esta convocatoria se canalizará a través de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI). Cualquier interesado deberá comunicarlo lo antes posible. Contacto: otri@unizar.es
  • Cada entidad participante puede presentar un máximo de dos solicitudes a esta convocatoria.