Ayudas a proyectos para el impulso de la cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores para la sección Ipcei (Proyecto Importante de Interés Común Europeo)
Descripción
Financiación de proyectos desarrollados en el marco del «Proyecto Importante de Interés Común Europeo» sobre Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación (IPCEI ME/TC), aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión C(2023) 3817 final, de 8 de junio.
Actuaciones objeto de las ayudas:
Estudios de viabilidad
Proyectos de investigación industrial
Proyectos de desarrollo experimental
Proyecto encuadrados en alguno de los segmentos de la cadena de valor de la microelectrónica y los semiconductores:
Diseño y desarrollo de chips y núcleos de propiedad intelectual (IPs).
Desarrollo de kits de diseño de procesos y de ensamblaje (PDKs / ADKs).
Diseño, desarrollo y producción de herramientas para la automatización de diseño electrónico (EDA tools).
Fabricación de semiconductores.
Diseño, desarrollo y producción de equipos para la fabricación de semiconductores.
Producción de materiales y sustancias utilizadas como materias primas en la fabricación de semiconductores.
Testeo y/ encapsulado de semiconductores.
Diseño, desarrollo y producción de equipos para el testeo y/o encapsulado de semiconductores.
Producción de materiales y sustancias utilizadas como materias primas en el testeo y/o encapsulado de semiconductores.
Beneficiarios
Sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que cumplan uno de los dos requisitos siguientes:
En el caso de los participantes asociados, que se encuentren incluidas en el anexo II «Table of Associated Participants» de la Decisión C(2023) 3817 final, de 8 de junio de la Comisión Europea, o
En el caso de los participantes indirectos, que presenten un proyecto vinculado al proyecto de un participante directo incluido en la Decisión C(2023) 3817 final, de 8 de junio de la Comisión Europea, en las condiciones señaladas en el artículo 8.2.b) de la orden.
Más información
Deadline: 14:00 horas del día 15 de noviembre de 2024
Serán subvencionables los gastos realizados desde el 21 de diciembre de 2021 hasta la finalización de las actuaciones subvencionadas, que no podrá ser posterior al 30 de junio de 2026