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Ayudas 2023 a proyectos de Grupos Operativos AEI, PEPAC 2023 - 2027

Año
2023
Estado
Cerrada
Fecha plazo inicio
Fecha plazo fin
Plazo interno
Idioma de presentación
Español
Modalidad de convocatoria
Proyectos
Modalidad de participación de la UZ
subcontratada
Tipo de financiación
Subvención variable
Descripción

Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de cooperación a los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI). La finalidad de las subvenciones es impulsar la creación y funcionamiento de los grupos operativos que contribuyan a avanzar hacia una agricultura sostenible resolviendo problemas y necesidades concretas de las explotaciones agrarias y forestales y de las empresas agroalimentarias para mejorar su competitividad. 

Sólo serán elegibles las actuaciones realizadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón. Muy excepcionalmente y con autorización previa, se podrán imputar gastos muy concretos descritos en el proyecto, en un ámbito territorial más amplio.

Claves:

Los proyectos deberán cumplir con los ámbitos definidos en la PEPAC 2023-2027 ( Más detalle de los objetivos concretos por ámbito en el Art. 2 de la Orden de la convocatoria AGM/518/202) : 

  • Ámbito 1: Explotaciones agrarias y aprovechamientos forestales. Gestión eficiente de recursos naturales y de inputs, producción ecológica de alimentos, cadenas cortas de distribución y mercados locales, y mejora de la sanidad animal;
  • Ámbito 2. Protección del medio ambiente;
  • Ámbito 3. Aumento del valor añadido y gestión eficiente de inputs en la industrialización de productos agroalimentarios y su comercialización;
  • Ámbito 4. Suministro sostenible de biomasa procedente de los sectores agroindustrial y forestal para la producción de energía.
Requisitos de participación

Composición de los Grupos:

  • Los Grupos de Cooperación deberán ser de nueva creación y estar formados, como mínimo, por dos o más personas, físicas o jurídicas, sin dependencia orgánica, funcional o económica entre ellas, y con vinculación a los ámbitos anteriormente mencionados. 
  • Podrán ser miembros: los productores agrarios y forestales y sus agrupaciones y asociaciones, las cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, las empresas e industrias del sector agroalimentario y forestal y sus asociaciones, los centros de investigación y los centros tecnológicos, las entidades de asesoramiento, las comunidades de regantes, los artesanos alimentarios, las universidades, las organizaciones profesionales agrarias, organizaciones no gubernamentales (ONG), las administraciones públicas, otras entidades cuyos estatutos tengan en cuenta la realización de acciones de investigación y desarrollo tecnológico y otros agentes del sector agroalimentario, forestal y rural.
  • Se admitirá la participación de centros ubicados fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuando sean centros tecnológicos, de investigación o universidades.
  • Puede incluir miembros que participen en el proyecto, pero que no sean beneficiarios de las ayudas. 
  • No hay límite máximo de miembros, pero se limita el número de beneficiarios a 5 y mínimo 2. 
  • Los grupos operativos constituidos en el ámbito 1, contarán al menos con una explotación agraria o forestal o una agrupación o asociación de agricultores, ganaderos o silvicultores, siempre que sean responsables finales de la financiación y ejecución de las actuaciones previstas y, consecuentemente, personas beneficiarias de las ayudas.
  • Los grupos operativos del ámbito 3.deberán constituirse para llevar a cabo proyectos que incluyan a productores del sector agrario o agrupaciones de los mismos y a la industria de transformación de productos agroalimentarios siempre que, en ambos casos, sean responsables finales de la financiación y ejecución de las actuaciones previstas y, consecuentemente, personas beneficiarias de las ayudas.
  • Cada grupo operativo se constituirá para realizar un solo proyecto. No se limita el número de grupos operativos en los que puede participar una entidad en calidad de miembro participante o beneficiario de las ayudas.

Tipos de proyecto

Actividades subvencionables:

  • La redacción del proyecto o memoria, incluida la asistencia técnica, el asesoramiento o el apoyo externo para la preparación de la documentación de la solicitud de la subvención. 
  • Las de ejecución del proyecto de cooperación teniendo en cuenta los gastos subvencionables y sus límites, recogidos en el apartado sexto. 
  • La contratación de personal técnico especializado, los gastos de personal propio y gastos materiales y sus límites detallados en el apartado sexto. 
  • Las actividades de dinamización, divulgación y comunicación para hacer visible el proyecto que vaya a ser realizado por el grupo operativo, así como de los resultados obtenidos. Podrán consistir en la organización de cursos o jornadas de formación, todo ello según lo establecido en el proyecto presentado por el grupo. 

Cuantía de la Subvención:

    • Presupuesto máximo subvencionable 150.000€ para los ámbitos de actuación 1 y 2, y mínimo de 30.000€.
    • Presupuesto máximo subvencionable 250.000€ para los ámbitos de actuación 3 y 4, y mínimo de 30.000€.

Gastos subvencionables:

  • Gastos de ejecución del proyecto, siempre que se hayan efectuado con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda y hayan sido pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación (Más detalle de la tipología de gastos en Art. 6 Orden convocatoria AGM/518/202).

Plazo de ejecucion:

    • Se ajustará a las anualidades, 2023, 2024, 2025 2026, pudiéndose adaptar las anualidades solicitadas a las previsiones presupuestarias de cada ejercicio.
Beneficiarios
  • Los productores agrarios y forestales y sus agrupaciones, las organizaciones que actúen en el ámbito agroalimentario, las empresas del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones, en particular las cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, otras organizaciones o asociaciones del ámbito agroalimentario, ambiental y cinegético, en particular las comunidades de regantes y los artesanos alimentarios y sus gremios, siempre que sean miembros del grupo operativo. En todo caso, las empresas deben tener la condición de pyme de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1.1. del Reglamento (UE) n.o 2022/2472, de la Comisión de 14 de diciembre de 2022 .

  • Las administraciones (central, autonómica y local), universidades, centros tecnológicos, otros centros públicos de I+D y otros entes públicos pueden ser miembros del grupo operativo, pero, en ningún caso, pueden ser beneficiarias de la subvención. Sus actividades no serán subvencionables, salvo que sean contratados por la persona beneficiaria para efectuarlas. Por tanto, UNIZAR puede participar como miembro del equipo y subcontratada por un beneficiario del grupo. 

  • En el caso de proyectos que exijan la colaboración de una empresa tecnológica diferente de los centros tecnológicos, esta podrá tener la consideración de beneficiaria siempre que en el grupo operativo haya, al menos, otras dos personas beneficiarias de las descritas en el primer punto.

Más información

De acuerdo al rol de UNIZAR en esta convocatoria, como parte de la documentación necesaria para la solicitud, se aportará y firmará:

  • Acuerdo de Constitución del Grupo. Anexo II, que deberán firmar todos los miembros incluido UZ.
  • Documento vinculante de conformación del Grupo, Anexo  III, que definirá, entre otros, actuaciones a desarrollar, distribución entre miembros, responsabilidades, beneficiarios o rol de coordinador.
  • En caso de subcontratación:Contrato que regule las actividades para las que el beneficiario subcontrate a la UZ. Cuando el importe de la actividad contratada supere los 15.000 euros (IVA no incluido), el beneficiario deberá solicitar como mínimo 3 ofertas diferentes.

Fecha límite presentación de borradores de solicitud interna a OTRI: 23 de mayo ( 8:00h). No se gestionará propuesta alguna que llegue durante los dos últimos días laborales previos a la fecha y hora de cierre de la convocatoria.